Biblioteca Nacional
(¿Han elegido la licencia correcta? Copyright.)
A raíz de una noticia encontrada en El Pais.com sobre la publicación en la red de más de 10.000 obras digitalizadas dentro del programa de la Biblioteca Digital Hispanica me surgen las siguientes dudas y en parte acompañadas de su correspondiente dosis de indignación.
Visito la web de dicho programa “público” y como tal financiado con fondos del Estado, es decir, por nosotros y me encuentro en la sección de “Aviso Legal” entre otras cosas con lo siguiente:
“Los contenidos, textos, fotografías, diseños, logotipos, imágenes, sonidos, vídeos, animaciones, grabaciones, programas de ordenador y, en general, cualquier creación intelectual existente en este sitio oficial, así como el propio sitio en su conjunto como obra artística multimedia, están protegidos como derechos de autor por la legislación en materia de Propiedad Intelectual.”
En definitiva una normativa de propiedad Intelectual totalmente privativa y clásica para unos documentos de carácter públicos albergados en la Biblioteca Nacional dentro del proyecto “Biblioteca Digital Hispánica”, la cual también es pública y sustentada por todos nosotros. Unos documentos que teóricamente deberían pertenecer al conjunto de la ciudadanía españolas y por supuesto de los que podríamos hacer uso con todo tipo de libertad y derecho. ¿Y que es lo qué ocurre por contra? Que esos derechos son coartados por una ley totalmente restrictiva en lo referente a propiedad intelectual.
Naturalmente soy de la opinión de que toda obra intelectual sustentada, creada, subvencionada, financiada, mantenida, etc. con fondos públicos debería de ser de dominio de todos y aquí incluyo a cualquier obra creada en una institución pública, ya sean universidades, ministerios, etc. que para eso lo hemos pagado entre todos y por tanto tener derecho a su uso y disfrute con total libertad.
Otra pregunta que me asalta es: Quién realmente ostenta los derechos de autor de unas obras que en su gran mayoría han sido escritas hace más de 70 años, creo que es la cantidad correcta, y por consiguiente han pasado al dominio o ámbito público. Y como bien dice en el portal son obras originales, que no derivadas o revisiones de estas donde cabría la posibilidad de pertenencia o atribución.¿Y qué entidad de Derechos de Autor lo gestiona? ¿no será una privada? ¿quizás la SGAE? Sería el colmo.
¿O sencillamente se refieren al derecho sobre la obra digitalizada? En tal caso cualquier persona que quiera hacer una ponencia, trabajo, investigación utilizando alguna de estas obras digitalizadas, a las cuales no tiene acceso físicamente como cuento después, de no tener el permiso de la Biblioteca Nacional no puede utilizarlas con la correspondiente potencial perdida cultural.
Bajo el magnífico reclamo de supuestamente “Gratis” me dirijo de nuevo en la sección de “Aviso Legal” encontrando lo siguiente:
“El usuario queda expresamente autorizado por la Biblioteca Nacional a visualizar, imprimir, copiar o almacenar cualquier contenido, siempre que ello se efectúe para fines personales y privados del usuario, sin finalidad comercial, de distribución o difusión en línea y sin modificar ni alterar los antedichos contenidos. Esta facultad de uso personal se entiende efectuada siempre y cuando se respeten intactas las advertencias a los derechos de autor y de Propiedad Industrial aquí realizadas, y no supone la concesión de licencia alguna al usuario.”
Primero agradecer a la Biblioteca Nacional que haya digitalizado unos documentos a los que casi nadie tiene acceso ya que muchos de ellos se encuentran sólo a disposición para consulta por motivos evidentes de conservación, (a no ser que sea para robarlos fácilmente y recuperarlos pasado un tiempo), a investigadores, catedráticos, etc. que ostentan un carnet que los acredita para ello (el cual creo que no es nada fácil de conseguir) y luego agradecer también que lo haga de forma gratuita, todo un detalle, tratándose de algo que en parte me pertenece y que me permitan imprimirlo para no dejarme los ojos en la pantalla del ordenador al intentar leer cualquiera de ellas.
Como podéis leer se prohíbe al igual la obra derivada de un gran número de clásicos que en gran medida son la base de nuestra lengua, cultura, tradición y sociedad. Naturalmente esto implica una gran perdida de potenciales obras intelectuales futuras.
Se puede interpretar perfectamente como una apropiación indebida de un bien público o de su autoría.
